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LA DIVISIÓN DE LA
MASONERÍA EN REGULAR E IRREGULAR
Durante el siglo XVIII la
masonería fue condenada en distintas ocasiones por el papado. Sin
embargo, y a diferencia de lo que sucediera en España, Portugal o
los Estados Pontificios, estas condenas no fueron promulgadas
inmediatamente ni en Francia, ni en Inglaterra, ni en Alemania, ni
en Austria, ni en sus estados vasallos. Ello permitió que en las
logias establecidas en los territorios de estos países conviviesen
católicos con protestantes, e incluso se registrase en las mismas
la presencia de religiosos y sacerdotes. Las regiones que componen
la actual Bélgica disfrutaron de esta situación, hasta que en 1837
el arzobispo Sterck y sus obispos sufragáneos enviaron a todos los
párrocos de su dependencia una circular haciendo públicas las
excomuniones contra la masonería. El conocimiento del documento
episcopal, obligó a muchos, como el fundador de la Universidad
Libre de Bruselas, T. Verhaegen, a separarse de la Iglesia. Ello
condujo a una clara politización y a una toma de postura
anticlerical, e incluso antirreligiosa, del Gran Oriente de
Bélgica. En consecuencia con estos hechos, en 1854 suprimió el
artículo 135 de sus estatutos, que prohibía las discusiones
políticas y religiosas en logia, y en 1872 el artículo 12, que
obligaba a creer en Gran Arquitecto del Universo y en la
inmortalidad del alma.
La conducta del Gran
Oriente de Bélgica fue seguida años más tarde por el Gran
Oriente de Francia. Además, la política de Napoleón III,
favorable a la unificación italiana, y las posturas antiliberales
de la encíclica Cuanta Cura y del Syllabus
aumentaron en los masones franceses su rechazo de lo católico y
estimularon las iniciaciones de agnósticos y ateos. Finalmente, en
1877, cinco años más tarde que su homónimo belga, el Gran
Oriente de Francia eliminó también de sus estatutos la
obligación de creer en el Gran Arquitecto del Universo, en la
inmortalidad del alma y prestar juramento sobre un libro sagrado.
Las determinaciones
tomadas por los Grandes Orientes belga y francés ocasionaron en
los medios masónicos anglosajones un verdadero escándalo de modo
que la Gran Logia de Inglaterra rompió todos los lazos con
aquellas familias masónicas continentales.
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Misión fraternal de
la Masonería |
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A partir de entonces se
estableció una nueva y trascendental división en la masonería
universal, pasando en adelante el conjunto de obediencias a
denominarse «regulares» o «irregulares». Las primeras, englobadas
en lo que ha venido conociéndose como dependientes de la masonería
anglo-sajona, se caracterizaban por mantenerse dentro de la más
estricta ortodoxia andersoniana, por prohibir rigurosamente hablar
en las logias de temas políticos y religiosos y por admitir en su
seno sólo a varones que creen en Dios y en la inmortalidad del
alma. Esta masonería "regular", representada principalmente por la
Gran Logia de Inglaterra, tiene una presencia mayoritaria
en países anglosajones y cuenta también con importantes
asentamientos en países latinos.
Las segundas o
"irregulares", seguidoras con mayores o menores matices de los
ejemplos belga y francés, denominada también inexactamente
masonería latina, se caracterizaron por permitir en sus templos el
debate político (no necesariamente partidista) y religioso y, por
iniciar y afiliar agnósticos y ateos. Dentro de la masonería
irregular se situaron también aquellas obediencias que dieron
entrada a la mujer en los trabajos de logia. La compleja situación
creada por el nacimiento de las obediencias irregulares, ha
perdurado hasta nuestros días. Incluso la Gran Logia de
Inglaterra, sólo se ha limitado a exigir la ortodoxia
formal de las obediencias que auspicia y ha cerrado los ojos,
con demasiada frecuencia, a las realidades socio-ideológicas
de las mismas. Dicha corruptela ha dado lugar a que muchas
obediencias, tenidas oficialmente por regulares (especialmente
establecidas en países de la Europa Meridional y de Iberoamérica),
estén impregnadas de un espíritu anticlerical y laicista,
contrario, sin duda, a la neutralidad político-religiosa exigida
por las Constituciones de Anderson.
Como resultado de todo
ello, en la actualidad coexisten en cada país ramas masónicas
(Grandes Orientes y Grandes Logias), de talantes ideológicos muy
distintos. Así, al lado de familias masónicas de corte
tradicionalista conviven las radicalmente racionalistas y
librepensadoras.
En el ámbito latino la
Association Maçonnique International, fundada en 1921, entre
obediencias de distintos países durante la Primera Guerra Mundial,
hizo pública la siguiente declaración: «La Francmasonería,
institución tradicional filantrópica y progresiva, basada en la
aceptación del principio de que todos los hombres son hermanos,
tiene por objeto la búsqueda de la verdad, el estudio y la
práctica de la moral y de la solidaridad. La Francmasonería
trabaja en el mejoramiento material y moral, así como en el
perfeccionamiento intelectual y social de la humanidad. Tiene por
principio la tolerancia mutua, el respeto a los demás y a uno
mismo, la libertad de conciencia. Tiene como deber extender a
todos los miembros de la Humanidad los vínculos fraternales que
unen a los Francmasones en toda la superficie del globo».
A pesar de sus pretensiones
conciliatorias esta declaración fue rechazada por los masones
ingleses porque no existía ninguna referencia al Gran Arquitecto
del Universo. El 4 de septiembre de 1929 la Gran Logia de
Inglaterra dirigió a todas las obediencias vinculadas con ella una
memoria concretando las condiciones imprescindibles para el
reconocimiento masónico en los ocho puntos siguientes:
1.
Regularidad de origen, es decir, cada Gran Logia legalmente
establecida por una Gran Logia reconocida, o al menos por tres
logias regularmente constituidas.
2.
La creencia en el Gran Arquitecto del Universo y en su
Voluntad Revelada es una condición esencial para la admisión de
cada miembro.
3.
Todos los iniciados aceptan su Obligación sobre, o en
presencia, de un Volumen abierto de Lay Santa; lo que significa
que la Revelación de lo Alto ata la conciencia de aquel que se
inicia.
4.
Los Miembros de la Gran Logia y de las Logias individuales
deben componerse de hombres exclusivamente; y cada Gran Logia no
mantendrá relación alguna con las logias mixtas o de los
organismos que admiten a mujeres como miembros.
5.
La Gran Logia tendrá poderes de jurisdicción soberanos
sobre las Logia bajo su control.
6.
Las Tres Grandes Luces de la Franc-Masonería: el Volumen de
la Ley Santa, la Escuadra y el Compás, estarán siempre expuestos
durante los Trabajos de la Gran Logia y de las Logias de su
obediencia. La más importante de las tres es el volumen de la Ley
Santa.
7.
Toda discusión religiosa o política está absolutamente
prohibida en el interior de las Logias.
8.
Los principios de los antiguos Reglamentos, Usos y
Costumbres de la Franc-Masonería serán estrictamente observados.
El Gran Oriente de Francia y otras
ramas irregulares no admitieron las declaraciones de la obediencia
inglesa. Ello no impide, sin embargo, que
el espíritu masónico tenga una profunda unidad. Incluso puede
hablarse de un conjunto de características institucionales comunes
a todas las familias masónicas que permiten identificarlas.
En síntesis puede afirmarse que la
masonería es una asociación humanista y fraternal, que tiene como
meta inmediata el perfeccionamiento intelectual y moral de sus
miembros y como objetivo último la solidaridad del género humano.
Se sostiene en el principio de tolerancia y se declara
institucionalmente ajena a todo interés de confesión religiosa,
escuela filosófica o partido político. Está dotada de una
inconfundible vocación universalista, luchando contra los
prejuicios de todo tipo que dividen y separan a los hombres. Por
último posee un carácter eminentemente iniciático, diferenciándose
así de otras instituciones exclusivamente filantrópicas o
culturales, e imparte sus enseñanzas a través de un peculiar
lenguaje simbólico heredado, fundamentalmente, de los
constructores medievales.
Extractado de:
Pedro Álvarez Lázaro (Universidad Pontificia de Comillas),
"Origen, Evolución y Naturaleza de la masonería contemporánea", en
Pedro Álvarez Lázaro (coord.), Maçonaria, egreja e liberalismo.
Masonería, Iglesia y Liberalismo, Actas da Semana da Faculdade de
Teologia, Porto, 1994, Porto-Madrid, 1996, pp. 46-53.
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